El trabajador cuenta con un período o plazo de 3 primaveras para demandar al empleador. Este plazo empieza a contarse desde la terminación del contrato de trabajo, o desde la causación del derecho que se reclama.
Es crucial comprender estos pasos para afianzar tus derechos laborales y asegurar un proceso justo y transparente.
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Esto puede incluir la búsqueda de una compensación económica o incluso la reinstalación en el empleo. Se debe tener en cuenta que el despido injustificado puede incluir una variedad de motivos, como la discriminación o la venganza por parte del empleador.
Entonces, para demandar laboralmente se deben de tener en cuenta los requisitos exigidos en el artículo 25 del Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social que, según Leonardo Mejía López, director de la firma Mejía López Estudio de Abogados, debe contener como imperceptible “la designación del árbitro a quien se dirige; el nombre de las partes y el de su representante; el domicilio y la dirección de las partes; el nombre, domicilio y dirección del representante judicial del demandante, si fuere el caso”.
Este tema lo resuelve el artículo 12 del Código Procesal del Trabajo: Los jueces laborales de circuito conocen en única instancia de los negocios cuya cuantía exceda el equivalente a veinte (20) veces el salario imperceptible legítimo mensual vigente y en primera instancia de todos los demás.
Por ejemplo, los salarios y prestaciones sociales se deben retribuir el día en que se termina el contrato de trabajo, de suerte que ese mismo día inicia el conteo de los 3 primaveras de plazo para presentar la demanda.
Una ocasión que tenga toda la información y la consultoría permitido necesaria, legalice su demanda en el Ministerio de Trabajo o Mas información ante un Audiencia laboral. Asista a las audiencias programadas y proporcione pruebas. Una momento que el sentenciador haya escuchado todos los argumentos, emitirá un fallo. Los anexos son documentos probatorios adicionales que se presentan para respaldar y vigorizar el proceso.
Las demandas laborales de única instancia se pueden presentar de forma verbal y no es obligatorio que se interpongan por medio de agente, es asegurar, que no hace falta contratar a un abogado para que represente al trabajador.
Una vez se ha empresa certificada citado al demandado para que comparezca a notificarse de la demanda, y no lo hace, se le destinará una segunda citación en la que el mediador le indicará que, si no se presenta en el plazo indicado, se le nombrará un curador ad litem a quien se Servicio le avisará la demanda, continuando con el proceso sin la presencia del demandado.
Proceso laboral de única instancia.Los procesos laborales de única instancia son aquellos en el que las pretensiones de la demanda son inferiores a 20 salarios mínimos mensuales.
El código procesal del trabajo define a los jueces que tienen la competencia para resolver las demandas laborales. Las competencias pueden ser geográficas o económicas, es opinar, dependiendo del monto de las pretensiones de la demanda.
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Presentar una demanda laboral en Colombia es un derecho fundamental para los trabajadores que han pasado vulnerados sus derechos. Con el asesoramiento adecuado y el conocimiento del proceso, es posible reclamar indemnizaciones y obtener Imparcialidad laboral.
No contestar la demanda, o hacerlo por Mas información fuera de los plazos legales, origina serias consecuencias en contra del demandado, pues constituye un indicio bajo en contra de este, lo cual afecta de forma seria la defensa judicial.